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Herencia · Coherederos · Sucesiones

Préstamo por herencia: paga a tus coherederos sin vender la casa.

Acabas de heredar y tienes que pagar a tus hermanos, al impuesto de sucesiones o a otros herederos. Te prestamos hasta 300.000 € sobre la vivienda heredada para que la liquidez llegue ya. Sin vender la casa familiar.

En 50 palabras. Si has heredado una vivienda en parte y tienes que pagar a tus coherederos o al impuesto de sucesiones, hay margen para sacar la liquidez sin vender la casa. Te prestamos sobre la vivienda heredada hasta 300.000 €. El día de la firma pagamos a tus hermanos o a Hacienda y conservas el inmueble familiar.
De 30.000 € a 300.000 €Hasta 15 añosFirma en 10-15 díasSin vender la casa familiar
«La banca tradicional, por regla general, no concede préstamos si estás en una lista de morosos. Eso obliga a recurrir a entidades financieras de crédito o a capital privado regulado.» Cliente Bancario · Banco de España
A quién le sirve este préstamo

Si te ves aquí, hay margen para conservar la casa.

Trabajamos con herederos persona física. La vivienda heredada se usa como garantía y la operación permite pagar a coherederos, a Hacienda o a la legítima sin sacar la casa al mercado.

Heredé con mis hermanos y quiero quedarme la casa.

Sois 2, 3 o 4 herederos de la vivienda familiar y tú quieres conservarla. Te prestamos sobre la casa para que pagues a los demás herederos en metálico y la propiedad pase a tu nombre.

Tengo que pagar el impuesto de sucesiones y no llego.

Hacienda te da 6 meses desde el fallecimiento (con prórroga de 6 meses más). Si no pagas en plazo, hay recargos. Sacamos la liquidez antes del límite.

Soy heredero y tengo que pagar la legítima.

Aunque heredes la casa por testamento, los descendientes y el cónyuge tienen derecho a una parte (la legítima). Si no hay otro patrimonio para pagarles, sacamos el dinero contra la propia vivienda.

El banco no me da nada porque la herencia es reciente.

La banca tradicional pide tiempo desde la aceptación de la herencia, escrituras inscritas y otros plazos. Capital privado actúa con la herencia recién aceptada o incluso en proceso.

La vivienda heredada tiene cargas o hipoteca pendiente.

Si la casa heredada arrastra hipoteca o cargas anteriores, las restamos del valor para calcular cuánto podemos prestarte. La operación sigue siendo viable mientras quede margen.

Hay menores en la herencia y todo se complica.

Si hay menores entre los herederos, hace falta autorización judicial para ciertas operaciones. Coordinamos con tu abogado o con el juzgado de familia para que la operación cumpla.

Cómo funciona contigo

De la herencia recién aceptada a la casa a tu nombre, cuatro pasos.

El paso clave es el día de la firma: el dinero va directo a tus coherederos, a Hacienda (impuesto de sucesiones) o a quien marque la operación. La vivienda queda a tu nombre limpia. Sin atajos legales: la Ley 5/2019 obliga a respetar 7 días entre la primera firma en notaría y la firma definitiva.

  1. PASO 01

    Cuéntanos tu caso

    Nos llamas o rellenas el formulario. Solo necesitamos tu nombre, tu teléfono y la cantidad. La aceptación de la herencia y los datos de los coherederos los pedimos después.

    Día 1 · respuesta en 24-48 h
  2. PASO 02

    Estudiamos tu caso

    Pedimos certificado de últimas voluntades, escritura de herencia (si ya está hecha) o testamento, y los datos de la vivienda. Vemos si la operación encaja y te decimos si entramos.

    Días 2-4
  3. PASO 03

    Tasamos la vivienda heredada

    Tasador independiente que tú eliges. Si la herencia aún no está aceptada formalmente, la tasación se hace sobre la propiedad como heredero. Si al final no firmas, queda a tu nombre.

    Días 5-9
  4. PASO 04

    Firmas y pagamos a quien corresponda

    Notario que tú eliges. El día de la firma el dinero va directo a tus coherederos, a Hacienda (impuesto de sucesiones) o a quien designemos en la operación. La vivienda pasa a tu nombre limpio de cargas.

    Días 10-15
Ejemplo orientativo · ejemplo orientativo

Tres hermanos heredan la casa familiar. Una se la queda y paga a los otros.

Laura T. · 45 años · Granada · Caso orientativo

«No quería vender la casa de mis padres. Era la casa donde habíamos crecido. Conservar el patrimonio familiar valía la cuota mensual.»

Mis dos hermanos y yo heredamos la casa familiar de Granada. Ellos preferían vender y repartir; yo quería conservarla. Tasamos en 280.000 €, mi parte era 1/3. Saqué 80.000 € contra la vivienda heredada para pagar a mis hermanos su parte (40.000 € a cada uno) y la casa pasó a mi nombre. Pago la cuota mensual y conservé la casa de mis padres.
Importe
80.000 €
Plazo
10 años
Cuota
1.057 €/mes

Este es un caso orientativo, no un cliente real. Las cifras se acercan a las de operaciones que firmamos en este tipo de situación.

Por qué Prestamus para herencias

Préstamo por herencia para coherederos vs vender la casa familiar.

Capital privado regulado bajo la Ley 5/2019 (LCCI). Prestamistas privados regulados que firman ante notario que tú elijas.

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Sin vender la casa familiar

La vivienda heredada se queda contigo. Pagas a los demás herederos o a Hacienda con el préstamo, y la casa de tus padres no sale al mercado. Lo que muchas familias no saben que pueden hacer.

Pagamos a quien corresponda en la firma

Tu coheredero, Hacienda, el juzgado, el notario. El día de la firma el dinero va directo a quien marca la operación. Tú no toces el dinero ni haces transferencias.

Tu vivienda decide, no tu nómina

La banca pide nómina, ratios, ingresos demostrados. Capital privado mira la vivienda heredada y la operación. La nómina no nos bloquea como bloquea al banco.

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Notario que tú eliges

El de tu pueblo, el de tu calle o el que ya conoces. Te enviamos los documentos 7 días antes para que los leas con calma o con tu abogado. Si hay coherederos, citamos a todos en la misma cita.

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Sin productos vinculados

No te obligamos a contratar seguros, cambiar tu nómina ni domiciliar recibos. Pagas el préstamo y nada más encima.

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Tarifas públicas

Publicamos los rangos de coste por tramos en una página propia. Si necesitas el detalle del tipo de interés y la comisión, está ahí. Ver tarifas →

Préstamo por herencia vs vender vs préstamo personal

Tres formas de pagar a tus coherederos.

Comparativa entre préstamo con la vivienda heredada como garantía, venta de la propiedad y préstamo personal sin garantía, en supuestos típicos de herencia con coherederos o ISD pendiente.

Variable Capital privado Prestamus Banca tradicional Micropréstamo en línea
Conservas la vivienda Sin tener que venderla a un tercero o a tus coherederos. La vivienda pasa a tu nombre, libre, con cuota mensual del préstamo. No (venta) Sí, si te dan suficiente
Importe disponible Hasta 300.000 € Valor de mercado Hasta 60.000 €
Acepta ASNEF Sí, caso a caso No
Plazo 5 – 15 años 1 – 8 años
TAE orientativa 9 % – 12 % 7 % – 12 %
Tiempo a liquidez 10 – 15 días 3 – 12 meses 24 – 72 horas
Plazo para pagar el ISD Cubierto en la firma El Impuesto de Sucesiones tiene plazo voluntario de 6 meses desde el fallecimiento (RD 1629/1991 art. 67), prorrogable por otros 6. Depende del comprador Cubierto si aprueba
Carga emocional / familiar Baja Alta (renunciar a la casa) Media

El plazo voluntario del ISD es 6 meses desde el fallecimiento (RD 1629/1991, art. 67), prorrogable por otros 6. Vender una herencia tarda meses; el préstamo con garantía hipotecaria libera liquidez en días.

Preguntas frecuentes

Lo que querrás saber antes de seguir.

Si tu duda no está aquí, escríbenos a hola@prestamus.com Te contesta una persona del equipo, no un chatbot.

¿Cómo funciona el préstamo si la casa aún no está a mi nombre?

En herencias trabajamos con dos escenarios: herencia ya aceptada formalmente (escritura de aceptación firmada e inscrita en el Registro) o herencia aún en proceso (con testamento o declaración de herederos pero sin escritura). En ambos casos podemos firmar; el notario coordina la aceptación de la herencia y la firma del préstamo en la misma cita o en citas correlativas.

¿Cuánto puedo pedir contra la vivienda heredada?

Hasta el 45 % del valor de tu vivienda. Si la casa familiar vale 280.000 €, podemos prestarte hasta 126.000 €. El rango habitual de préstamo por herencia está entre 30.000 € y 300.000 €. Si la vivienda tiene hipoteca pendiente o cargas, las restamos del valor antes de calcular.

En el sector a este porcentaje se le llama LTV (loan-to-value).
¿Vale para pagar el impuesto de sucesiones?

Sí. Es uno de los usos más frecuentes en herencias con vivienda y poco efectivo. Hacienda autonómica te concede un plazo de 6 meses (prorrogable 6 meses más) desde el fallecimiento para liquidar el impuesto. Si no llegas, hay recargos. El día de la firma del préstamo, parte del dinero va directo a Hacienda y se cancela la deuda.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar el impuesto de sucesiones?

6 meses desde el fallecimiento, prorrogables 6 meses más si lo solicitas dentro del primer plazo. Si pasas del plazo, hay recargos progresivos: 5-20 % de la cuota según el retraso. Si llegas a procedimiento ejecutivo, además se añaden intereses de demora y costas. La operación de préstamo se firma a tiempo si nos llamas con al menos 3-4 semanas de margen.

¿Y si hay coherederos que no se ponen de acuerdo?

Hace falta acuerdo entre todos los herederos para vender o adjudicar la vivienda a uno solo a cambio de compensación a los demás. Si no hay acuerdo, la operación se complica. Lo que SÍ podemos hacer es prestarte sobre tu cuota indivisa (la parte que te corresponde) — pero es operación menos habitual y depende del expediente concreto. Si los demás herederos están de acuerdo, todo es más limpio.

¿Cuánto pago al mes?

Depende del importe y del plazo. Como referencia: 80.000 € a 10 años son alrededor de 1.057 €/mes. Mueve la calculadora del hero con tu importe y plazo y verás tu cuota orientativa al instante.

El cálculo usa el sistema francés: cuota igual cada mes.
¿Qué papeles necesito?

En el primer paso, solo el DNI y la dirección de la vivienda. Si encajas, te pediremos después: certificado de defunción del causante, certificado de últimas voluntades, copia del testamento o declaración de herederos, y la escritura de herencia (si ya se ha hecho). Si la herencia tiene impuesto de sucesiones pendiente, también la liquidación o autoliquidación.

¿Y si la vivienda heredada tiene hipoteca pendiente?

Es habitual. La hipoteca del fallecido sigue viva tras la herencia y se transmite a los herederos. Tienes dos opciones: subrogarte (asumir la hipoteca tal cual) y pedirnos un préstamo extra para coherederos o Hacienda; o cancelar la hipoteca antigua con parte del nuevo préstamo y dejar solo el nuestro. Lo evaluamos según el tipo de interés de la hipoteca antigua: si está a tipo bajo, conviene conservarla.

Empezamos cuando quieras

Cuéntanos tu caso y te decimos si llegamos a tiempo.

Sin compromiso ni coste. Si tienes plazo del impuesto de sucesiones cerca, llámanos directamente. La aceptación de la herencia y los certificados los pedimos después, no en la primera llamada.

Correo hola@prestamus.com

Mientras formalizamos los canales de teléfono y WhatsApp, la vía rápida es el correo o este formulario.

Recibido

Te llamamos en las próximas 24-48 horas hábiles.

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